La plataforma

Tu cumplimiento PLD: medido, documentado y demostrable

LexBuild cubre el ciclo completo que exige la LFPIORPI y sus nuevas Reglas de Carácter General: evalúa el grado de riesgo de cada cliente con una metodología propia, vigila umbrales y alertas en tiempo real, y genera tus avisos en el formato oficial del SAT — con la evidencia para demostrarlo todo ante una auditoría.

Ilustración isométrica: flujo de cumplimiento PLD de LexBuild, del expediente al aviso ante el SAT

El flujo completo

Del riesgo evaluado al aviso presentado

Un solo flujo continuo: cada paso alimenta al siguiente, y todo deja evidencia. Tú conservas el control — y la plataforma, el registro.

  1. 01

    Alta y registro

    Tu actividad vulnerable, tus proyectos y tu equipo, con roles y permisos.

  2. 02

    Evaluación de riesgo

    Cada cliente recibe su grado de riesgo desde el alta.

  3. 03

    Expediente

    Identificación y documentación según el tipo de persona y el grado.

  4. 04

    Monitoreo

    Operaciones valuadas en UMA, umbrales y alertas en tiempo real.

  5. 05

    Aviso al SAT

    XML en el formato oficial del portal, listo para presentarse.

  6. 06

    Evidencia

    Todo queda resguardado y reconstruible para tu auditoría.

Nuevo en la ley · Reglas de Carácter General 2026

Cumplimiento con enfoque basado en riesgo

El Acuerdo 115/2026 exige a cada sujeto obligado una metodología de riesgo propia y un grado de riesgo por cliente. LexBuild lo trae integrado como el corazón de la plataforma, no como un módulo aparte.

Ilustración isométrica: matriz de riesgo de cartera con clientes clasificados en bajo, medio y alto

Cómo se determina el grado de un cliente

Quién es el clientetipo de persona, actividad, geografía, propósito de la relación
Cómo operamontos, frecuencia, formas de pago, origen y destino de recursos
Elementos de riesgo ponderadoslos cuatro que exige la ley, con los pesos de tu metodología
Controles que mitigancomprobados contra la evidencia del expediente, no autodeclarados
BajoMedioAlto

El resultado nunca es una caja negra: cada grado muestra qué factores lo explican y con qué peso. Y los supuestos que la ley marca como riesgo alto — como una PEP extranjera — se imponen por regla, por encima de cualquier cálculo.

Art. 10 Septies · Metodología

Metodología de riesgo propia

Elementos, indicadores y mitigantes con los valores de tu organización. Tu empresa la revisa, la ajusta y la adopta formalmente con constancia escrita. Se exporta en PDF, lista para anexarse a tu Manual de Políticas Internas.

Cap. III Bis · Grado de riesgo

Grado de riesgo por cliente

Bajo, medio o alto desde el alta, con reevaluación automática según la cadencia que marca la ley — y más frecuente cuanto mayor el grado. Los supuestos que la ley obliga a clasificar como alto se aplican siempre, sin excepciones.

Cap. II Quáter · Tu organización

Matriz de riesgo de tu cartera

Toda tu cartera en un panorama de riesgo inherente contra fuerza de controles, más el grado de riesgo institucional — el que define si tu auditoría anual puede ser interna o debe ser externa.

Art. 41 · Evidencia

Cada evaluación, reconstruible

Toda evaluación conserva sus entradas, sus pesos y la versión de la metodología con que se calculó. Un auditor puede reconstruirla años después, dentro de los 10 años de resguardo que exige la ley.

Ilustración isométrica: expediente de cliente con identificación, escrutinio de listas y coincidencia marcada

Debida diligencia

Un expediente único por cliente, a la medida de su grado

Personas físicas, morales y fideicomisos, cada uno con los requisitos que le corresponden — incluido el beneficiario controlador con el umbral del 25%. El grado de riesgo decide la profundidad: medidas simplificadas documentadas para el riesgo bajo, y diligencia reforzada para el alto, con cuestionarios de origen y destino de recursos y aprobación directiva antes de operar.

Escrutinio de listas en cada alta

Cada cliente y beneficiario se contrasta contra las listas que importan en México, y cada consulta deja constancia en la bitácora. Una coincidencia — o un grado de riesgo alto — activa la diligencia reforzada automáticamente.

El escrutinio corre con tecnología de AmigoApi, la plataforma especializada en listas negras para PLD en México.

  • OFAC — lista SDN de sanciones de EE. UU.
  • ONU — lista consolidada del Consejo de Seguridad
  • SAT artículo 69-B — factureras (EFOS)
  • SAT artículo 69-B Bis — transmisión indebida de pérdidas fiscales
Con tecnología deAAmigoApi

Operación diaria

Vigilancia continua, sin hojas de cálculo

La parte del cumplimiento que no perdona errores: umbrales, acumulación y plazos. La plataforma la vigila por ti, operación por operación.

Ilustración isométrica: tablero de operaciones acercándose a un umbral con alerta, efectivo y calendario

Arts. 17 y 32 · Umbrales

Transacciones valuadas en UMA

Cada operación se valúa en UMA al valor vigente de su fecha y se acumula en la ventana que marca la ley. La plataforma vigila por separado el efectivo y metales y el total por todos los métodos de pago, y te avisa antes de cruzar un umbral.

Arts. 23 Ter y 41 · Alertas

Alertas previas y posteriores

Avisos antes de registrar operaciones con clientes de grado alto o PEP, y detección posterior de cambios de comportamiento frente al perfil transaccional declarado.

Art. 23 · SPPLD

Avisos al SAT en formato XML

Los avisos se generan en la estructura oficial del portal del SAT, con su calendario vigilado — antes del día 17 de cada mes — y su acuse resguardado como evidencia.

Ilustración isométrica: bóveda de evidencia con expedientes ordenados, lista de verificación y reloj de arena

Auditable por diseño

La evidencia lista antes de que te la pidan

Una visita de verificación o el dictamen anual no deberían ser una emergencia. Todo lo que la plataforma registra está pensado para entregarse: ordenado por obligación y con los plazos de resguardo que marca la ley.

Art. 37 · Manual

Manual de Políticas Internas

Tu Manual de PLD con la metodología de riesgo como anexo, versionado: cada revisión queda registrada por escrito, como lo exige la ley.

Cap. XIV · Auditoría

Paquete de auditoría

Evaluaciones, metodología, revisiones y cifras de tu organización exportables en un paquete ordenado por obligación — lo que tu auditor necesita para dictaminar.

Art. 18 · Bitácora

Trazabilidad total

Quién hizo qué y cuándo: altas, cambios, consultas a listas y evaluaciones quedan en bitácora, con resguardo por los plazos legales.

Transitorios · Acuerdo 115/2026

La ley ya tiene fecha. Tu cumplimiento también debería.

Las obligaciones entran escalonadas. Este es el calendario para una constructora o desarrolladora:

  1. 30 de noviembre de 2026

    Entran en vigor las nuevas Reglas de Carácter General

    El Acuerdo 115/2026 sustituye las reglas anteriores. Toda obligación sin plazo especial aplica desde este día.

  2. 1 de marzo de 2027

    Evaluación de riesgo, Manual y grado de riesgo por cliente

    Tu evaluación con enfoque basado en riesgo y tu Manual de Políticas Internas — con la metodología anexada — deben estar a disposición de la autoridad. Desde esa fecha, cada operación se realiza con el grado de riesgo del cliente asignado y su debida diligencia correspondiente, y las nuevas contrataciones pasan por procedimientos de selección de personal.

  3. 1 de junio de 2027

    Mecanismos automatizados en operación

    El sistema que exige el artículo 18, fracción X de la Ley: expediente consultable, acumulación de operaciones por cliente, alertas y monitoreo de efectivo — con la información de los actos u operaciones realizados a partir de esa fecha.

  4. Durante todo 2027

    Primer periodo anual de capacitación

    El primer ciclo de capacitación en materia de PLD para tu personal corre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027.

  5. Durante todo 2028

    Primera auditoría anual

    El primer periodo de revisión — interna o externa, según el grado de riesgo de tu organización — cubre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028.

  6. Fecha por publicarse

    Avisos de 24 horas

    Exigibles seis meses después de que se publique la resolución con los nuevos formatos oficiales de avisos.

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LexBuild es una plataforma tecnológica y no brinda asesoría legal. El cumplimiento de las obligaciones en materia de PLD corresponde al sujeto obligado.